Contribución al conocimiento histológico de la yerba mate y sus falsificaciones
Palabras clave:
Plantas estimulantes, Yerba mate, Ilex paraguariensis, Ilex, Adulteraciones, Histología,Resumen
El tema que me propongo desarrollar es de rigurosa actualidad, debido al enorme movimiento de opinión que ha determinado y a los numerosos trabajos que ha provocado, ya sea desde el punto de vista comercial e industrial, ya del científico; más interesante a mi ver éste último, pues sus resultados han de influir, en día no lejano, poderosamente, por su aplicación práctica al reconocimiento de las falsificaciones y adulteraciones de la yerba-mate, y en este concepto estamos avocados a una cuestión más compleja de lo que aparentemente deja presentirse.La yerba-mate fue y es adulterada y falsificada y continuará siéndolo, hasta que cultivos más racionales y metódicos, en su vastísima área de dispersión natural, origine un tipo bien definido desde el doble punto de vista técnico e industrial, y aún más, hasta que métodos seguros de investigación química, micrográfica y fisiológica, pongan en mano de las autoridades, las armas adecuadas para contrarrestar los constantes abusos de los especuladores poco escrupulosos.Descargas
Número
Sección
Licencia
La publicación en la RMLP se realiza bajo los términos de la licencia de uso y distribución Creative Commons BY-NC-SA 4.0 para Argentina (https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/) que permite a terceros la distribución, la copia y la exhibición del artículo siempre que citen la autoría del trabajo, la publicación en la RMLP, número concreto y las páginas en la que encontraron la información. No se puede obtener ningún beneficio comercial y no se pueden realizar obras derivadas con fines comerciales que no autorice la editorial. Si se remezcla, transforma o construye sobre el material, deben distribuir sus contribuciones bajo la misma licencia que el original.
La puesta a disposición del artículo en la RMLP supone para los autores argentinos el cumplimiento de lo establecido en la Ley 26899 de Creación de Repositorios Digitales Institucionales de Acceso Abierto, Propios o Compartidos, del 13/11/2013 en su artículo 5º, en lo relativo a la obligatoriedad de facilitar en acceso abierto los resultados de investigaciones financiadas por agencias gubernamentales y de organismos nacionales de ciencia y tecnología del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.